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Preguntas de los lectores

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¿Sería un acto de unión de fes comprar un edificio perteneciente a un grupo religioso y convertirlo en un Salón del Reino?

Generalmente, los testigos de Jehová evitan relacionarse de ese modo con las demás religiones. Aun así, tal transacción no constituiría un acto de unión de fes, pues se trata simplemente de un único acuerdo comercial. La congregación de los testigos de Jehová de la zona no está colaborando con otro grupo religioso en la construcción de un lugar de culto para que lo utilicen ambas partes.

¿Qué es un acto de unión de fes a la vista de Jehová? Examinemos la exhortación del apóstol Pablo: “No lleguen a estar unidos bajo yugo desigual con los incrédulos. Porque, ¿qué consorcio tienen la justicia y el desafuero? ¿O qué participación tiene la luz con la oscuridad? Además, ¿qué armonía hay entre Cristo y Belial? ¿O qué porción tiene una persona fiel con un incrédulo? ¿Y qué acuerdo tiene el templo de Dios con los ídolos? [...] ‘Por lo tanto, sálganse de entre ellos, y sepárense —dice Jehová—, y dejen de tocar la cosa inmunda’; ‘y yo los recibiré’” (2 Corintios 6:14-17). ¿Qué quiso decir Pablo con las palabras “consorcio” y “participación”?

El consorcio al que Pablo se refirió implica con claridad la participación en actividades espirituales y de adoración con idólatras y no creyentes. El apóstol advirtió a los corintios que no estuvieran “participando de [...] la mesa de demonios” (1 Corintios 10:20, 21). Por ello, un acto de unión de fes es aquel en el que se rinde culto o se tiene comunión espiritual con otras organizaciones religiosas (Éxodo 20:5; 23:13; 34:12). El propósito de comprar un edificio que antes utilizaba un grupo religioso es simplemente adquirir la estructura básica para un Salón del Reino. Antes de usarse como tal, se quita todo vestigio de la adoración falsa. Entonces se dedica a Jehová para ser utilizado exclusivamente en la adoración a él. Por lo tanto, no se establece ninguna relación o comunión entre la adoración verdadera y la falsa.

Al definir los pormenores de la transacción, se debe mantener un contacto mínimo y estrictamente comercial con la otra parte. Los integrantes de la congregación cristiana hacen bien en recordar la advertencia de Pablo respecto a no “estar unidos bajo yugo desigual con los incrédulos”. Aunque no nos sentimos superiores a quienes profesan otra fe, no establecemos relaciones sociales con ellos ni participamos en sus actividades religiosas. *

¿Qué puede decirse de alquilar un edificio que pertenece a un grupo religioso? Tal operación suele exigir un contacto regular, lo cual debe evitarse. Incluso si se alquila para una única ocasión, el cuerpo de ancianos tiene que analizar las siguientes preguntas: ¿habrá ídolos u otros símbolos religiosos dentro o fuera del edificio?, ¿qué pensarán las personas de la comunidad al vernos utilizar el inmueble?, ¿hará tropezar a algún miembro de la congregación? (Mateo 18:6; 1 Corintios 8:7-13.) Los ancianos han de evaluar estos factores y decidir en consecuencia. También tendrán en cuenta su propia conciencia y la de la congregación en general al determinar si comprarán un edificio de ese tipo para convertirlo en un Salón del Reino.

[Nota]

^ párr. 6 Para obtener mayor información sobre si es apropiado entablar relaciones comerciales con organizaciones que Jehová desaprueba, véase La Atalaya del 15 de abril de 1999, págs. 28, 29.

[Ilustración de la página 27]

Este Salón del Reino era una sinagoga antes de su compra y renovación